Debido a la excepcionalidad de la situación, la Junta Sectorial de Jueces de Primera Instancia de Marbella ha acordado cómo proceder en estas circunstancias.

           ¿Qué hacer con las custodias compartidas o el régimen de visitas durante el estado de alarma? ¿Se ven modificadas? ¿Podemos continuar el régimen como lo hacíamos hasta ahora? Estas son las dudas que más están surgiendo desde que, debido al COVID 19, la situación de alarma fue decretada por el gobierno con el Real Decreto nº 463/2020 y las restricciones en la movilidad.

Por ello, queremos resumir el acuerdo al que ha llegado la Junta Sectorial de Jueces de Primera Instancia de Marbella en fecha 20 de marzo. Y así dar respuesta a estas preguntas, que se estarán haciendo muchos padres separados, respecto a la manera de actuar con la custodia de sus hijos en Marbella. Tanto si es porque tengan custodia compartida o si por el contrario les afecta al régimen de visitas.

Unificando criterios y para tratar de dar una solución temporal, sin perjuicio de una modificación posterior según evolucione la crisis sanitaria, la Junta Sectorial de Jueces de Primera Instancia de Marbella ha acordado que:

  1. Los cambios de custodia deberán efectuarse sin cambios. Pero siempre guardando la seguridad de los menores lo máximo posible.
  2. Se mantendrán las visitas de los fines de semana tanto en custodia compartida como individual. Tanto si existe pernocta como si no.
  3. Se suspenden las visitas intersemanales sin pernocta en todos los tipos de guardia por conllevar una exposición innecesaria del menor. En cambio, sí se mantendrán las visitas intersemanales si conllevan pernocta.
  4. Las comunicaciones en los puntos de encuentro se suspenden.
  5. La copia de la sentencia o convenio será suficiente para acreditar, ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y la Policía Local, la necesidad de desplazamiento.
  6. Que esta situación de extrema dificultad no puede amparar el incumplimiento de las medidas judiciales. Salvo en situaciones excepcionales (véase un padre o madre en situación de riesgo o que por motivos laborales no se pueda ocupar del o los menores).

            Tanto los jueces de primera Instancia de Marbella como Aster Abogados, llamamos al sentido común, a la corresponsabilidad y al bien de nuestros menores.

            Para cualquier duda o cuestión sobre casos concretos, nuestro despacho sigue trabajando y atendiendo a nuestros clientes a través de nuestros teléfonos móviles y correos electrónicos.